Ley de Ordenación y Uso del Suelo - Artículo 1
Artículo 1. Objeto de la ley
Esta ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico general regulador de la actividad administrativa en materia de urbanismo en las Illes Balears, y definir el régimen jurídico urbanístico de la propiedad del suelo de acuerdo con su función social.
art 1 lous
- Ley de Ordenación y Uso del Suelo (LOUS)
- TÍTULO PRELIMINAR: Disposiciones generales
- Capítulo I: Principios generales y finalidades específicas
- Artículo 1. Objeto de la ley
- Artículo 2. Actividad urbanística
- Artículo 3. Finalidades y atribuciones de la actividad urbanística
- Artículo 4. Dirección y control de la actividad urbanística y la iniciativa privada
- Artículo 5. Ejercicio del derecho de propiedad
- Artículo 6. Inexistencia del derecho de indemnización por la ordenación urbanística de terrenos
- Artículo 7. Integración de la ordenación y del planeamiento
- Artículo 8. Instrumentos de planeamiento y legislación sectorial
- Artículo 9. Sistema jerárquico
- Artículo 10. Interpretación de las determinaciones de los instrumentos
- Artículo 11. Nulidad de las reservas de dispensación
- Artículo 12. Participación ciudadana, iniciativa privada y publicidad de las actuaciones
- Artículo 13. Gestión de la actividad urbanística e iniciativa privada
- Artículo 14. Acción pública
- Capítulo I: Principios generales y finalidades específicas
- TÍTULO PRELIMINAR: Disposiciones generales