Ley de Urbanismo de las Islas Baleares - Artículo 36
Artículo 36. Objeto del plan general.
1. En el suelo urbano, el plan general tendrá como objeto establecer la ordenación estructural, identificando los elementos que correspondan a la misma establecidos en el artículo 37 y la definición de los ámbitos sujetos a actuaciones de transformación urbanística definidas en el artículo 23, ambos de la presente ley, de los que determinarán las características estructurales y sus previsiones de ejecución.
2. En el suelo urbanizable, el plan general tendrá como objeto establecer la ordenación estructural, identificando los elementos que correspondan a la misma establecidos en el artículo 37 de la presente ley, el señalamiento de las piezas de la estructura general y orgánica de sistemas generales que se adscriban o incluyan en los sectores, y las previsiones para formularlos y ejecutarlos.
3. En el suelo rústico, el plan general tendrá como objeto preservar este suelo del proceso de desarrollo urbano estableciendo, en su caso, las correspondientes medidas de protección, identificando las dos categorías básicas de suelo rústico común y de suelo rústico protegido.
art 36 luib
- Ley de Urbanismo de las Islas Baleares (LUIB)
- TÍTULO II: Planeamiento urbanístico
- Capítulo I: Instrumentos
- Artículo 34. Instrumentos de planeamiento.
- Artículo 35. Plan general.
- Artículo 36. Objeto del plan general.
- Artículo 37. Determinaciones del plan general.
- Artículo 38. Documentación de los planes generales.
- Artículo 39. Contenido de la memoria del plan general.
- Artículo 40. Planes de ordenación detallada.
- Artículo 41. Documentación de los planes de ordenación detallada.
- Artículo 42. Determinaciones de los planes de ordenación detallada.
- Artículo 43. Planes parciales.
- Artículo 44. Documentación de los planes parciales.
- Artículo 45. Planes especiales.
- Artículo 46. Estudios de detalle.
- Artículo 47. Contenido de los estudios económicos del planeamiento.
- Artículo 48. Catálogos de elementos y espacios protegidos.
- Artículo 49. Ordenanzas municipales de edificación, urbanización y publicidad.
- Capítulo I: Instrumentos
- TÍTULO II: Planeamiento urbanístico