Ley de Ordenación y Uso del Suelo - Artículo 100
Artículo 100. Bienes y recursos integrantes de los patrimonios públicos de suelo
Integran los patrimonios públicos de suelo:
a) Los bienes patrimoniales incorporados por decisión de la administración correspondiente.
b) Los terrenos y las construcciones obtenidos en virtud de las cesiones de edificabilidad media ponderada que comporten las actuaciones de transformación urbanística de acuerdo con lo previsto en los artículos 32 y 33 de esta ley, o los adquiridos con los ingresos derivados de la sustitución de estas cesiones por pagos en efectivo.
c) Los terrenos y las construcciones adquiridos por la administración para su incorporación al correspondiente patrimonio de suelo y, en todo caso, los que lo sean como consecuencia del ejercicio de los derechos de tanteo y retracto previstos en esta ley.
d) Los ingresos derivados de la sustitución de las cesiones que correspondan a la participación de la administración en el aprovechamiento urbanístico por pagos en efectivo, en los términos previstos en la ley.
e) Los recursos derivados de su gestión y los bienes adquiridos con la aplicación de estos recursos.
f) Los ingresos obtenidos en virtud de la prestación compensatoria en suelo rústico y de las multas impuestas como consecuencia de las infracciones urbanísticas, sin perjuicio de deducir los gastos derivados de la gestión de los servicios de disciplina urbanística.
art 100 lous
- Ley de Ordenación y Uso del Suelo (LOUS)
- TÍTULO IV: Intervención en el mercado de suelo
- Capítulo I: Patrimonio público de suelo
- Artículo 97. Clases y constitución de los patrimonios públicos de suelo
- Artículo 98. Naturaleza y registro de los patrimonios públicos de suelo
- Artículo 99. Gestión de los patrimonios públicos de suelo
- Artículo 100. Bienes y recursos integrantes de los patrimonios públicos de suelo
- Artículo 101. Destino de los bienes integrantes de los patrimonios públicos de suelo
- Artículo 102. Disposición sobre los bienes de los patrimonios públicos de suelo
- Capítulo I: Patrimonio público de suelo
- TÍTULO IV: Intervención en el mercado de suelo