Ley de Ordenación y Uso del Suelo - Artículo 130
Artículo 130 La reversión de terrenos expropiados
Para la determinación de los supuestos en que proceda la reversión se estará a lo establecido en la legislación estatal.
Artículo 130 La reversión de terrenos expropiados
Para la determinación de los supuestos en que proceda la reversión se estará a lo establecido en la legislación estatal.